La Sociedad Benéfica Santa Ana nace en el año de 1961 cuando un grupo de señoras antioqueñas conscientes y preocupadas por las necesidades de ciertas personas que las rodeaban y que por diversos motivos se habían venido a menos, resolvieron aunar esfuerzos para apoyarlas y fundaron esta organización. (Sofía Ospina de Navarro, Maruja Botero de Santa María, Amalia Restrepo de Ruhle, Soledad Jaramillo, Esther Vásquez Restrepo, Lita Posada de González y Graciela de Blackburn).
• Filosofía: La Sociedad Benéfica Santa Ana, requiere adaptaciones permanentes para ponerse a tono con el momento cambiante que vive el país y hoy se nos invita a marcar diferencia dando ejemplo de solidaridad, lo que está sucediendo a nuestro alrededor nos lleva a la pregunta:
¿QUIÉN PUEDE DECIR QUE TIENE ASEGURADO SU FUTURO?
Nadie…………
Principios: Solidaridad y equidad.
• Objeto social: El objeto de la institución consiste en el apoyo a actividades meritorias en lo que hace relación a la salud, la educación, la cultura y la realización de programas de desarrollo social, en los cuales se ayude especialmente a las personas más necesitadas en la satisfacción de sus diversas necedades, labores que en todo caso serán llevadas a cabo en interés general de la sociedad, y de un modo tal que a ellas tenga acceso la comunidad.
La institución podrá realizar las actividades propias de su objeto directamente o en alianza con otras entidades si ánimo de lucro, o por medio de contribuciones económicas a personas naturales o entidades sin ánimo de lucro que lo ameriten.
Para el desarrollo de su objeto, la institución podrá llevar a cabo toda clase de inversiones licitas en bienes muebles e inmuebles, valores, acciones, cuotas o partes de interés en sociedades civiles o comerciales, y podrá administrar sus bienes, inversiones y rentas para contar con el patrimonio que requiere para el desarrollo de sus objetivos.
• Conoce al personal.
Ana Lucia Franco de De Bedout Representante Legal y Directora | Junta Directiva María Cristina Uribe de Arango María del Pilar Rodríguez de Cano Enoris Restrepo de Martínez Silvia Santa María de Uribe María Isabel Vásquez de Gómez |
Jorge Alberto Díaz G. Revisor Fiscal | |